Inspecciones periódicas por OCAs de protección contra incendio: Locales de Alto Riesgo
Todas las instalaciones deberán pasar una inspección por parte de un Organismo de Control Autorizado (OCA) con la excepción de los tipos indicados en la Ley, que certifique la legalidad de la instalación así como su correcto mantenimiento. En este artículo de hoy sabremos más protección contra incendio: Locales de Alto Riesgo.
Hace un año entró en vigor el último Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), que ha supuesto un cambio de importancia en todo el sector y en las instalaciones a mantener.
La norma estableces que deberán realizar inspecciones por Organismo de Control todos los edificios, independientemente de su fecha de construcción, y únicamente con las siguientes excepciones:
a) Uso residencial vivienda
b) Uso administrativo con superficie construida menor de 2000 m2
c) Uso docente con superficie construida menor de 2000 m2
d) Uso comercial con superficie construida menor de 500 m2
e) Uso pública concurrencia con superficie construida menor de 500 m2
f) Uso aparcamiento con superficie construida menor de 500 m2
Además de estas excepciones, será especialmente señalado en zonas o locales de riesgo especial alto, que señalamos más abajo en este artículo.
Plazos para la inspección de Incendio
Según establece la ley, las instalaciones de protección contra incendios de los edificios nombrados deben someterse a la primera inspección periódica a los 10 años de su puesta en servicio.
Para aquellos edificios que cuenten con instalaciones que tienen diez años o más desde su puesta en servicio, la norma determina los siguientes plazos máximos para realizar la primera inspección, a contar desde el 13 de diciembre de 2017, fecha de entrada en vigor del nuevo Reglamento:
• 13/12/2018: para instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 20 años.
• 13/12/2019: para instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 15 años y menor a 20 años.
• 13/12/2020: para instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 10 años y menor a 15 años.
Instalaciones clasificadas de alto riesgo
Talleres, almacenes, cocinas, lavanderías y salas de calderas y centros de transformación y trasteros y parkings de residencial con más de 500m2 son las instalaciones que deben pasar la revisión de modo obligatorio y con estándares más elevados.
Estas locales o zonas de alto riesgo serían las que cumplan las características de la columna de la derecha de esta tabla, que también deberán pasar la revisión por parte de una OCA, y deben tener un correcto mantenimiento de sus equipos en función de las necesidades concretas y especiales dada su clasificación:
RIESGO ALTO | |
Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos combustibles (mobiliario, lencería, limpieza, etc…) archivos de documentos, depósitos de libros, etc. | Volumen mayor a 400 m3 |
Almacén de residuos | Superficie mayor a 30 m2 |
Cocinas según potencia instalada | Potencia superior a 50 kW |
Lavanderías. Vestuarios de personal. Camerinos | Superficie superior a 200 m2 |
Salas de calderas con potencia útil nominal con: | Potencia mayor a 600 kW |
Centro de transformación: Aparatos con aislamiento eléctrico con punto de inflamación que no excede de 300ºC y potencia instalada con los valores máximos de: | Potencia total mayor mayor 4000 kVA. En cada transformador, potencia de 1000 kVA. |
Trasteros (Residencial) | Superficie mayor de 500 m2 |
En Lasser somos expertos en Protección contra Incendio y le podemos ayudar a preparar estas revisiones de un Organismo de Control Autorizado (OCA) o una vez realizadas, realizar las subsanaciones convenientes para superarla. Si vives en la Comunidad de Madrid, llama al 900 321 111 y nuestros expertos visitarán tu instalación para realizar una valoración gratuita de tus necesidades.