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Mirillas digitales para puertas ¿legales o ilegales?

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Desde hace unos años la domótica forma parte de nuestros hogares. Aunque la mayoría de estos dispositivos están orientados a hacernos la vida más confortable, también existen otros que se usan para mantener nuestra vivienda segura como las mirillas digitales para puertas. ¿Legales o ilegales? Tratamos de responder en nuestro artículo.

Este dispositivo puede ser visto como  una alternativa a las cámaras de seguridad, tanto en comunidades de vecinos como en viviendas unifamiliares, pero esto sería simplificar la situación y las diferencias que se presentan en la práctica.

A diferencia de una mirilla convencional, este dispositivo te permite saber quién ha llamado a tu timbre incluso cuando no estas en casa. Esto es una gran diferencia respecto a una convencional.

Las mirillas digitales constan de una cámara y una pantalla LCD y su funcionamiento e instalación son muy sencillos. Cuando alguien llame al timbre, independientemente de si en casa hay alguien o no, se activará la pantalla y podrás ver lo que ocurre detrás de la puerta con una imagen clara y nítida.

Su principal ventaja también supone su principal punto de fricción con la legalidad.

Tipos de mirillas digitales

Existe una amplia variedad de mirillas digitales, algunas te permiten encender la cámara sin que nadie llame al timbre, otras tienen sensores de movimiento e incluso te permiten realizar un seguimiento a través de una APP con tu smartphone.

A pesar de que cada dispositivo varía según el modelo, podemos diferenciar las mirillas digitales en función de la instalación o de su forma de registrar las imágenes.

En cuanto a la instalación, pueden ser alámbricas o inalámbricas. En el caso de las primeras es importante tener en cuenta que en estos modelos la cámara y el visor están unidos, por lo que la pantalla LCD deberá de estar cerca de la puerta. Por el contrario, las mirillas digitales inalámbricas se pueden utilizar desde cualquier lugar de nuestra casa, sin necesidad de levantarnos del sofá.

En función de la forma de recoger las imágenes, los diferentes sistemas podrán reproducir en la pantalla las imágenes que estén sucediendo al otro lado de la puerta en tiempo real, es decir, la cámara solo se encenderá cuando alguien llame al timbre o, como segunda opción, poner la mirilla digital en modo cámara de videovigilancia y de esta manera se registraran las imágenes de forma continua.

Pero, ¿son legales o ilegales?

Las mirillas digitales son otra alternativa más para la seguridad del hogar pero con una salvedad. Es importante tener en cuenta que estos dispositivos y el registro de imágenes que llevan a cabo los mismos tienen que cumplir con la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) y su desarrollo europeo en el RGPD de 2018.

Hay que tener mucho cuidado con el almacenamiento y tratamiento de los videos o imágenes que registran la cámara, es necesario que sigan los requisitos de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).

A continuación, te explicamos que has de tener en cuenta a la hora de instalar tu mirilla para respetar la Ley de Protección de datos:

Imágenes personales y privadas

En primer lugar, siempre es muy importante que las imágenes grabadas sean de carácter personal y privado.

En el caso de que la mirilla grabe parte de la calle o de nuestra urbanización no podrá grabar la vía pública. Además, el propietario de la vivienda deberá crear un Registro de Actividades de Tratamiento y darse de alta como responsable del tratamiento de las imágenes en la AEPD. También deberá informar de que la zona esta videovigilada e ir borrando las imágenes en un plazo máximo de 30 días.

Como ya es sabido, la inscripción de los ficheros en la AEPD u otro registro de la autoridad competente ya no es necesario.

Por otro lado el propietario sería responsable del tratamiento y encargado de los mismos, y para cumplir la ley, también deberá:

  • La creación del registro de actividades de tratamiento.
  • Cumplir con el derecho de información.
  • Atender los derechos de protección de datos.
  • Determinar la legitimación de los tratamientos.

Además de ello, por la dinámica habitual de mayorías, si quieres instalar el dispositivo en una comunidad de vecinos se deberá contar con la aprobación de tres quintas partes de los propietarios del edificio.

Además, es importante que cuentes con el permiso de los vecinos que vivan en tu mismo descansillo por escrito, a modo de cesión de derechos para este uso concreto, algo que puede complicar bastante la implantación legal del sistema, de forma explícita e inequívoca

Si no se cumplen con los requisitos especificados, la grabación realizada por la cámara de la mirilla digital será ilegal, y cualquier persona que haya sido grabada podrá solicitar que se retire la cámara. Si el propietario de la vivienda se negara a retirarla, podrá ser denunciado ante la AEPD, quien puede poner multas de hasta 300.000 euros.

Otro aspecto que representa una ilegalidad es la toma de espacios públicos con la mirilla. La toma de escenas de la calle o de la vivienda de otro vecino (su hall de entrada o su puerta) dentro de una comunidad está prohibida, por lo que este aspecto también tendría que tomarse en cuenta en una posible instalación, complicando una correcta aplicación del producto.

Un kit de alarma o videovigilancia, mejores opciones

En Lasser somos expertos en seguridad del hogar. Nuestro equipo de profesionales recomienda la instalación de sistemas de vigilancia homologados. A pesar de que la instalación de estos dispositivos puede ser legal y efectiva, requiere de muchos trámites y cumplimientos legales que pueden derivar en muchos más costes que una alarma convencional o un sistema de videovigilancia instalado en una propiedad privada como nuestra vivienda unifamiliar o en una comunidad de vecinos.

Por lo tanto, nuestra recomendación es la instalación de un kit de alarma como medida principal de protección de nuestro hogar o la toma de imágenes comunitarias y controladas a través de su sistema de videovigilancia comunitario, en el caso de los edificios residenciales.

Lasser está homologada por la Dirección General de la Policía a nivel estatal, con el número de registro 2734, por lo que conoce y asegura todos los aspectos legales a tener en cuenta, lo que se traduce en total tranquilidad para nuestros clientes.

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