La Comunidad de Madrid aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el autoconsumo
El BOCM del pasado 21 de enero publicó la orden de 17 de diciembre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para la promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid.
El presupuesto previsto para 2021 es de 3 millones de euros; 10 millones de euros para 2022 y otros 10 millones para 2023.
El plan, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, declara que es del máximo interés la “generación energética autóctona, para lo cual es preciso el fomento del autoconsumo generado a partir de energías renovables, que tendrá efectos favorables para el medio ambiente.”
El objetivo del proyecto es, en fuentes del ayuntamiento es “reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales, disminuir la factura energética de los usuarios e impulsar el desarrollo de los recursos energéticos renovables en la Comunidad de Madrid”.
Acciones subvencionables
Instalaciones nuevas de aprovechamiento de recursos energéticos renovables para autoconsumo, ubicadas en la Comunidad de Madrid:
- Solar fotovoltaica
- Solar térmica de baja y media temperatura
- Minieólica
- Redes de autoconsumo compartido
- Instalaciones mixtas de dos o más de los tipos anteriores
Se trata de un programa de ayudas de concesión directa. Para cada una de estas tecnologías se le aplica un porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas que se indica a continuación:
(Fuente BOCM)
En la tabla se indica fotovoltaica «doble cara», lo cual se sobreentiende como paneles bifaciales aunque no hay una aclaración explícita al respecto.
El plan permite sistemas híbridos entre varias de las tecnologías subvencionables. A estas les será aplicada la ayuda correspondiente el porcentaje mas alto de los que correspondan según el cuadro anterior.
En el caso de las instalaciones mixtas de dos o más de las tecnologías mencionadas anteriormente, la cuantía de la ayuda vendrá determinada aplicando el porcentaje más alto de los que correspondan según las tecnologías que la integren.
Para proyectos puestos en marcha en zonas rurales, los porcentajes anteriores se incrementarán en 10 puntos porcentuales.
Para proyectos promovidos por administraciones públicas locales, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo, y para aquellos consumidores que tengan concedido el bono social eléctrico o térmico, se incrementará el porcentaje de ayuda en 10 puntos porcentuales.
En el caso de las comunidades de propietarios, el porcentaje de incremento se calculará en función del número de viviendas que cuentan con el citado bono respecto al total de viviendas del edificio, hasta un máximo de 10 puntos porcentuales.
En los casos de instalaciones que cuenten con sistemas de almacenamiento de energía, el porcentaje se incrementará en 10 puntos porcentuales.
El importe máximo de la ayuda será para proyectos desarrollados por empresas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios y comunidades de bienes de dos o más vecinos, de 1.000.000 de euros/proyecto y 1.000.000 euros/beneficiario y año natural.
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