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Plan Renove de Puertas Automáticas Industriales: Subvenciones para mejorar la seguridad laboral

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Con el objetivo de reducir la siniestralidad en el trabajo, la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda presentará subvenciones para mejorar la seguridad laboral, destinadas a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo, y en las que se contemplan un Plan Renove de puertas automáticas y maquinaria industrial.

La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda publicó el 24 de mayo el Boletín donde se convocan para este año 2019 las subvenciones orientadas a las medidas de seguridad laboral, donde se incluye la renovación de maquinaria industrial.

En relación a las puertas automáticas, se recoge en el boletín una ayuda para la sustitución de la maquinaria antigua por una nueva, así como el achatarramiento de la sustituida.

En lo que a puertas concierne, se incluyen puertas industriales, comerciales y de garaje, peatonales automáticas y puertas cortafuego anteriores al 31 de diciembre del 2016 serán sustituidas.

Las subvenciones tendrán un importe máximo de 12.000 euros por línea de ayudas y de 20.000 euros como máximo por empresa y año natural.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

  • Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena
  • Autónomos
  • Tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid
  • Siempre que el centro de trabajo donde se lleve a cabo la inversión o actividad objeto de la subvención esté ubicado en la Comunidad de Madrid

¿Dónde y cómo se pueden solicitar estas ayudas?

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para hacer la gestión a través de Internet, es necesario disponer del DNI electrónico o uno de los certificados reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Las demás personas interesadas podrán solicitar las ayudas de igual manera por Internet o en las oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas y oficina de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Plazo de presentación

Desde el 25 de mayo hasta el 13 de septiembre del 2019, podrás solicitar la ayuda. La concesión se llevará en estricto orden de presentación de solicitudes.

Las actuaciones objeto de la subvención, incluida adquisición e instalación si procediese, así como el pago total de las mismas, deberán realizar se en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2019 al 30 noviembre del mismo año.