Qué comercios están obligados a instalar puertas automáticas
Desde el pasado verano existen una serie de establecimientos que tienen la obligación de instalar puertas automáticas en la entrada de sus locales. El Real Decreto ley 14/2022 del 1 de agosto dicta lo siguiente: “Los edificios y locales con acceso desde la calle […] dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, con el fin de impedir que estas permanezcan abiertas permanentemente”. En este artículo explicaremos qué comercios están obligados a instalar puertas automáticas.
Con el objetivo de reducir el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, además de otros establecimientos destinados al trasporte, el gobierno aprobó el Plan de Choque de Ahorro y Gestión Energética.
Entre las medidas cabe destacar la obligación de ciertos locales del sector terciario de instalar en la entrada de sus establecimientos puertas automáticas. Con esto lo que se busca es impedir que las puertas permanezcan abiertas permanentemente y evitar y despilfarro energético por las perdidas de energía al exterior. De esa manera se busca evitar un consumo de energía excesivo y del mismo modo potenciar el ahorro económico y energético.
Qué comercios están obligados a instalar puertas automáticas
El Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, recoge en el apartado Tres de su artículo 29 lo siguiente: “Los edificios y locales con acceso desde la calle incluidos en el ámbito de aplicación de la I.T. 3.8 del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios), dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, […] con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente”.
De esta manera, todos los comercios, negocios o locales de trasporte cuya salida esté a pie de calle deberán disponer de un sistema especial de cerrado de puertas. Esta obligación se extiende también a los edificios y locales que se climaticen con energía renovable, que hasta el momento estaban exentos.
Pero cuáles son los negocios o locales que deben instalar puertas automáticas en sus establecimientos. Los establecimientos que se ven afectados por estas nuevas medidas son los siguientes:
Comercios
- Mayoristas
- Minoristas
- Franquicias
Actividades financieras o de administración pública
- Bancos
- Edificios de administración pública
Hostelería
- Hoteles
- Hostales
- Actividades en torno al turismo
Actividades en torno a la cultura
- Cines
- Teatros
- Museos
- Auditorios
- Salas de Exposiciones
Actividades en torno al transporte
- Estaciones de Tren
- Estaciones de Autobús
- Aeropuertos
Locales de ocio
- Bares
- Restaurantes
- Cafeterías
Todo establecimiento que disponga de un sistema de climatización en su interior, ya sea renovable o no, están obligados a instalar puertas automáticas o un sistema que las mantenga cerradas.
Qué tipo de puerta automática instalar en un comercio
La ley no describe qué tipo de puerta automática debe tener el comercio, solo deja claro que debe ser automática.
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