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Negocios que deben adaptar sus medidas de seguridad al Grado 3

Existen varios establecimientos que en función de la naturaleza y características de su negocio están obligados a disponer de sistemas de seguridad específicos. En febrero de 2011 el Ministerio del Interior dispuso una serie de cambios relacionados con las medidas de seguridad de las empresas, tanto en materia de mantenimiento e instalación de aparatos y dispositivos de seguridad, como de centrales de alarmas y protocolos de verificación. En este artículo os explicaremos que locales y negocios deben de adaptar sus medidas de seguridad al Grado 3.

Antes de entrar en materia es importante entender qué es el Grado 3 de seguridad y por qué ciertos establecimientos requieren de sistemas de intrusión específicos. En función del riesgo de robo que puede tener un establecimiento se establecen cuatro niveles de seguridad en las alarmas. Esta clasificación oficial se divide en cuatro grados que son los siguientes:

  • Grado 1, o de bajo riesgo.
  • Grado 2, o de bajo-medio riesgo.
  • Grado 3, o de medio-alto riesgo.
  • Grado 4, o de alto riesgo.

¿Qué es una alarma de Grado 3?

Por las particularidades de su funcionamiento, determinados tipos de negocio necesitan contar con un grado de seguridad medio alto y requieren de medidas de seguridad especificas exigidas por la ley. Allí donde se requiere un nivel de seguridad especial, como es el caso de instalaciones o locales que son susceptibles de un elevado riesgo de robo, la instalación de una alarma grado 3 es imprescindible.

Se trata de una alarma de instalación obligatoria. Según la Orden Ministerial INT/316/2011, la Norma UNE 50132 y la Norma UNE-EN 50131-1, la contratación de este tipo de alarma es necesaria para salvaguardar la seguridad privada. Los países que conforman la Unión Europea deben adherirse a estas leyes.

Cabe recordar cambios debieron entrar en vigor en 2021, pero se ha dado una moratoria hasta 2023

Este tipo de alarmas funcionan a través de una conexión CRA (central receptora de alarmas), o a un centro de control. Así, la central es la encargada de analizar las señales de la alarma. Adicionalmente, estas alarmas funcionan con vigilancia a través de cámaras de vídeo, que deben situarse en cada uno de los puntos sensibles del negocio o establecimiento.

Establecimientos que deben utilizar una alarma de Grado 3

Según la Orden Ministerial INT/316/2011, la Norma UNE 50132, y la Norma UNE-EN 50131-1 se ha unificado el grado en seguridad privada de algunos negocios. Esto se debe al riesgo de robo en determinados establecimientos.

Así, la alarma de Grado 3, calificada como de riesgo medio-alto a de instalarse en cualquiera de los siguientes tipos de negocios:

  • Entidades bancarias y crediticias
  • Armerías
  • Joyerías y negocios de compraventa de oro
  • Museos, tiendas de antigüedades y galerías de arte
  • Farmacias
  • Estaciones de servicio y establecimientos que suministran combustibles y carburantes
  • Casinos, salones de juegos, despachos de apuestas, salas de bingo y administraciones de lotería
  • Empresas de seguridad privada

Medidas de seguridad específicas de los establecimientos de Grado 3

Existen una serie de instalaciones negocios y establecimientos que deben adaptar sus medidas de seguridad al Grado 3. A continuación explicaremos cuales son estas instalaciones y que tipos de medidas y sistemas de seguridad deben implantar antes del 31 de diciembre de 2023.

 

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Bancos, cajas de ahorro y entidades de crédito

Todo tipo de entidad bancaria debe contar con un departamento de seguridad. Estos establecimientos tienen obligación de tener una Central Receptora de Alarmas en sus establecimientos y oficinas. En el caso de que la conexión sea imposible deberán contratar personal de empresas de seguridad propio o ajeno.

Según el artículo 112 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, y lo establecido en el Capítulo II de la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, los establecimientos donde se custodien fondos o valores deberán de instalar en sus establecimientos lo siguiente:

  • Equipos o sistemas de captación y registro, con capacidad para obtener las imágenes de los autores de delitos contra las personas y contra la propiedad.
  • Dispositivos electrónicos, con capacidad para detectar el ataque a cualquier elemento de seguridad física donde se custodien efectivo o valores.
  • Pulsadores u otros medios de accionamiento fácil de las señales de alarma.
  • Carteles u otros sistemas de información de análoga eficacia, anunciadores de la existencia de medidas de seguridad con referencia expresa al sistema de apertura automática retardada y, en su caso, al sistema permanente de captación de imágenes.
  • Las cajas fuertes deberán tener los niveles de resistencia establecidos y estarán protegidas con los dispositivos de bloqueo y apertura automática retardada.

En las entidades bancarias situadas en un lugar con una población mayor de 10.000 habitantes se debe incluir también una de las tres medidas que se citan a continuación:

  • El recinto de caja de, al menos, dos metros de altura y que deberá estar cerrado desde su interior durante las horas de atención al público, protegido con blindaje antibala que se señala en el artículo 6 de la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero.
  • El control individualizado de accesos a la oficina o establecimiento, que permita la detección de masas metálicas, bloqueo y anclaje automático de puertas.
  • Dispensadores de efectivo o recicladores adecuados a lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 122 del Reglamento de Seguridad Privada y en el artículo 13 de la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, cuando su instalación sustituya a todas las cajas auxiliares. En caso de mantenerse alguna caja auxiliar, será preciso que ésta se encuentre dentro del recinto de caja.

Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades

En los establecimientos de joyería, platería y las galerías de arte y tiendas de antigüedades que tengas objetos con un valor mayor a 500.000 euros deben de tomar las siguientes medidas de seguridad:

  • Caja fuerte o cámara acorazada, para la custodia de efectivo y de objetos preciosos.
  • Rejas en huecos que den a patios y pasos interiores del inmueble.
  • Pulsadores anti atraco u otros medios de accionamiento del sistema de alarma.
  • Puerta blindada y protección electrónica de escaparates, ventanas, puertas y cierres metálicos.
  • Sistemas CRA y carteles informativos.
  • Detectores sísmicos de paredes y dispositivos electrónicos con capacidad para la detección redundante de la intrusión en las dependencias del establecimiento en que haya efectivo u objetos preciosos.

Gasolineras

Según lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada, las estaciones de servicio y unidades de suministro de combustibles deberán de tener lo siguiente:

  • Una caja fuerte construida con material con grado 4 de seguridad.
  • Detector sísmico
  • Dispositivo de bloqueo y apertura retardada.
  • Carteles informativos de las medidas de seguridad.

Oficinas de farmacia, lotería y apuestas mutuas y locales de juego

Farmacias

Deberán contar con un dispositivo de tipo túnel, bandeja de vaivén o bandeja giratoria con seguro que habrán de estar ubicados en un elemento separador que impida el ataque a las personas que se hallen en el interior.

Lotería, apuestas mutuas y locales de juegos de azar

Según el artículo 9 de la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero deberán disponer de un recinto cerrado en el que exista la caja fuerte.  Además, las transacciones con el público se harán a través de ventanillas dotadas con un dispositivo tipo túnel, bandeja de vaivén o giratoria con seguro.

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Expertos en seguridad Grado 3 en Madrid

Únicamente las empresas de seguridad autorizadas podrán realizar labores de instalación y mantenimiento de dispositivos, y tendrán que estar inscritas en el Registro correspondiente de La Dirección General de la Policia (Seguridad Privada). Lasser lo está con el número 2734.

El certificado obligatorio de instalación para estos sistemas deberá garantizar que el proyecto está realizado de conformidad con la Norma UNE antes expresada y que cumple con las finalidades previstas y ya mencionadas.

Las empresas de seguridad de instalación y mantenimiento deberán disponer también del servicio técnico adecuado para atender las posibles incidencias de los sistemas de seguridad, así como facilitar a los usuarios los manuales de la instalación, su uso y mantenimiento.

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