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Por qué deberías solicitar la puesta en conformidad CE de tu puerta de garaje

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La respuesta más rápida y directa sería porque lo marca la ley y, por tanto, puede caerte una buena sanción si no la cumples. En cambio, creemos que te podemos explicar otras buenas razones de por qué deberías realizar la puesta en marcha del marcado CE de tu puerta de garaje.

Lo primero que debemos indicar es que el Marcado CE afecta a puertas industriales, comerciales, de garajes y portones, según la norma UNE-EN 13241-2004, obligatoria desde el 1 de enero de 2005. A estas alturas es sorprendente ver la cantidad de puertas automáticas que no están debidamente recogidas dentro de la legalidad vigente.

El régimen sancionador de aplicación en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. En él se desarrollan las posibles Infracciones y sanciones, recogiéndose en el Artículo 31 la clasificación de las infracciones que pueden ser de aplicación a los propietarios y usuarios.

Esto puede traducirse en sanciones económicas de hasta 600.000 euros y responsabilidad civil y penal, tanto por su utilización tras inspección como en caso de accidente devenido por estas negligencias.

Otras buenas razones para actualizar tu puerta a la normativa CE

La principal es la seguridad. Los riesgos son numerosos y, por ello, los propietarios (o el presidente de la Comunidad) deberían ser los primeros interesados en prevenir con todas las acciones razonables estos imprevistos o por lo menos minimizarlos con los elementos de protección adecuados.

El aplastamiento con la puerta, el arrastramiento por contacto, el impacto en puertas con movimiento rápido, el riesgo de electrocución en los alrededores o en los cuadros o mecanismos, el cizallamiento o aprisionamiento de extremidades (generalmente manos) o el atrapamiento son algunos de los peligros más habituales en el funcionamiento de una puerta automática.

Por ello, siguiendo las recomendaciones que marcan las diferentes normas, se concluye que es necesario disponer de medidas que salvaguarden a las personas o  los bienes de daños provocados por las puertas. Células fotoeléctricas, protecciones de goma, cubrición de huecos, paracaídas, topes de goma, sensores de diferente tipo,… son algunas de las acciones que mejoran la seguridad y cumplen las medidas exigidas por ley.

El ahorro energético es otra. La actualización del motor y la revisión de todo el cableado de la instalación puede reducir considerablemente los gastos eléctricos del sistema. La limpieza del sistema y engrase adecuado también favorece una menor fuerza en el motor, con el consiguiente ahorro de energía.

Y si el dinero es importante, más es la libertad, por las posibles cargas legales que pueda aparejar un accidente con una puerta “ilegal”. Las responsabilidades civiles también podrían ser penales, algo mucho más serio para los responsables últimos de su mantenimiento, sus propietarios.

Documentación mínima obligatoria del marcado CE

Cualquier cambio de cierto calado en la puerta hace necesario la puesta en normativa y la certificación del equipo en su conjunto. Tras la puesta en marcha de los cambios, la puerta y el propietario recibirán los siguientes documentos.

Marcado CE y etiquetado de la puerta

Visible desde el exterior y en la que se indican una serie de datos fijados por la norma, entre los que se especifican características que declara el fabricante, un número de serie, una descripción, entre otros.

Es ilegal la no posesión de esta norma, si la puerta es automática y pone manual o si no se declara o no cumple las características del marcado.

Manual de uso y de mantenimiento

El fabricante deberá suministra un manual de uso, con indicaciones para asegurar que las puertas sean maniobradas de forma segura y un manual de mantenimiento, con instrucciones para las partes más sometidas a desgaste, acciones requeridas e intervalos necesarios. El propietario deberá conservar dichos documentos para ser exhibidos en caso de inspección y para el correcto mantenimiento del sistema.

Declaración de conformidad

Deberá tener una serie de declaraciones de la empresa fabricante sobre el producto, en este caso sobre la puerta, con un laboratorio notificado que haya realizado los test elaborados.

Otra legislación que marca el marcado CE

 

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