¿Cuánto tiempo se pueden conservar las imágenes de cámaras de seguridad en comunidades?
Conocer el plazo legal de conservación de las imágenes de cámaras de seguridad es fundamental para evitar sanciones de la AEPD en Comunidad de Propietarios.
La normativa actual, basada en el RGPD, establece límites claros sobre cuánto tiempo pueden almacenarse estas grabaciones antes de su eliminación definitiva. A continuación, aclaramos los plazos, quién tiene acceso y cómo gestionar las solicitudes policiales.
El plazo del mes: La regla de oro en videovigilancia
Aunque la llegada del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en 2018 desplazó gran parte de la antigua Instrucción 1/2006, hay un criterio que se mantiene vigente y que funciona como el estándar para las comunidades de vecinos: El plazo máximo de conservación es de un mes.
Esto significa que, por norma general, las imágenes deben ser suprimidas una vez transcurridos 30 días desde su captación. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es muy clara al respecto: Mantener grabaciones antiguas por si acaso no es legal.
Sin embargo, hay una excepción importante. Si las cámaras han captado un delito o un incidente que atente contra la integridad de personas o bienes (un robo, vandalismo o agresión), dichas imágenes deben quedar reservadas y conservarse para evitar su borrado automático, quedando exclusivamente a disposición de las autoridades judiciales o policiales.
¿Quién puede ver las grabaciones?
Este es uno de los puntos que más conflictos genera en las comunidades. Es vital entender que ningún vecino tiene derecho a ver las imágenes por curiosidad o para resolver disputas privadas de convivencia.
El acceso a las imágenes está restringido exclusivamente a las personas autorizadas, que deben ser designadas expresamente por la Junta de Propietarios y figurar en el acta con la mayoría necesaria. Y a la empresa de seguridad o mantenimiento en labores técnicas para comprobar el correcto funcionamiento del sistema.
Cualquier acceso no autorizado, o la difusión de imágenes de vecinos en grupos de WhatsApp o redes sociales, puede acarrear sanciones muy graves para la comunidad.
Supresión de imágenes: ¿Cómo se realiza el borrado?
Los sistemas de videovigilancia modernos están diseñados para realizar el proceso de borrado de imágenes de forma automática.
La mayoría de los grabadores que instalamos en Lasser se configuran para realizar una grabación cíclica. Esto significa que, cuando el disco duro se llena o se cumple el plazo configurado (ese mes máximo legal), el sistema comienza a sobrescribir las imágenes más antiguas con las nuevas.
Así, la comunidad se asegura de cumplir la ley sin tener que realizar un borrado manual constante.
Si un vecino desea ejercitar su derecho de supresión sobre su imagen, debe solicitarlo al responsable del tratamiento (la Comunidad), quien deberá bloquear esas imágenes si no son necesarias para una investigación en curso.
Extracciones policiales y judiciales
Cuando ocurre un delito, entra en juego la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En estos casos, la policía o el juzgado requerirá las imágenes formalmente. Aquí es donde la figura del mantenedor cobra importancia. La extracción de estas imágenes debe hacerse garantizando la cadena de custodia.
Si la comunidad cuenta con un contrato de mantenimiento, los técnicos de seguridad serán los encargados de extraer el corte de vídeo solicitado, en un formato que sirva como prueba legal, y entregarlo a las autoridades o a la persona responsable de la comunidad para que lo aporte a la denuncia.
En Lasser, la división de Seguridad cuenta con expertos que no solo instalan la mejor tecnología, sino que asesoran a la comunidad y gestionan el mantenimiento de los equipos para garantizar que, cuando sea necesario recuperar una imagen, el sistema responda.
Si tu comunidad necesita actualizar su sistema de CCTV, o si tenéis dudas sobre si vuestra instalación actual cumple con los requisitos de la AEPD, estamos aquí para ayudaros.
Podéis contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 321 111 o a través de los formularios de contacto de nuestra web para recibir un asesoramiento personalizado y sin compromiso.
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