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Nueva normativa UNE 23007-14:2004 de seguridad contra incendios

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La corrección de la norma UNE 23007-14:2004 de Seguridad contra Incendios ha sido posible gracias a las consultas planteadas por empresas, usuarios e ingenieros, pero también rigiéndose por estándares internacionales así como todo lo relacionado con la evolución técnica.

La prioridad de esta mejora de la normativa ha sido la de proteger la vida del ser humano es la finalidad máxima de los sistemas de detección y alarmas, gracias a la adopción y endurecimiento de algunas normas de seguridad de estos sistemas.

A diferencia de lo que la tecnología demanda, estos sistemas no recibian una revisión tan periódica como deberían, ya que la evolución técnica obliga a una revisión frecuente de los criterios de diseño, puesta en marcha, mantenimiento de los sistemas de detección de incendios o su instalación. Dado que la revisión de las alarmas de incendio así como el funcionamiento de los otros equipos se realiza de forma remota, el propio sistema brinda una información novedosa y más ajustada que redundará en un mejor servicio al usuario.

El cambio más  significativo en la norma y que afecta a la corrección de las tablas de distribución, es el que está relacionado con la redefinición de la distancia máxima entre el detector de humo, punto del techo y cubierta.

Otros cambios destacados los podemos encontrar en la nueva normativa  relacionada con los detectores lineales de haz óptico o barreras, ampliando la superficie vigilada máxima a 1600 metros cuadrados. La referencia a la distancia máxima de 100 metros, con la nueva normativa queda limitada a la declarada por el fabricante en sus prestaciones y a la superficie máxima.

Mientras que la superficie máxima cubierta por una barrera será la establecida para una zona determinada, existe también una equivalencia fuerte con otros sistemas de detección de aspiración. Añadir también que ha sido reescrito nuevamente lo relacionado con el cambio del apartado de detección, en espacios de gran altura.

Prioritario: Mantenimiento de los sistemas de detección de incendios

En lo que respecta al penúltimo párrafo 72. A.11.2.1, aun cuando tiene el mismo texto que la norma anterior, decir que ahora ocupa una naturaleza normativa, y va en relación a la vida media de los detectores automáticos de incendios en condiciones ambientales normales es de 10 años, después de ese tiempo se debe proceder a su sustitución.

Sin embargo, su tiempo de vida puede verse afectado y, en consecuencia, recortado drásticamente en caso de que las condiciones ambientales se presenten severas y se expongan a variaciones de humedad o con concentraciones de serrín, harinas, aceites o polvo en general, que afecten de manera engativa a estos sistemas, por lo que la supervisión de un experto mantenedor como Grupo Lasser y su División de Protección contra Incendios será siempre necesaria para contar con todas las garantía en nuestra instalación.