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Normativa contra incendios en comunidades de propietarios

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Si vives en una comunidad de vecinos, sabrás que uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es la seguridad de todos los vecinos ante posibles incendios. Por ello, hay que tener siempre bien presente la normativa contra incendios en comunidades de propietarios y asegurarse de que esta se cumple.

En primer lugar, debemos saber que todas las medidas para hacer frente a este tipo de situaciones explicadas y detalladas en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI).

Este reglamento afecta de igual manera a las empresas de mantenimiento como a las comunidades de vecinos y establece el marco de referencia de las medidas, su tipo y mantenimiento.

Este artículo te interesa:

Últimas actualizaciones del RIPCI para comunidades de vecinos.

Norma básica de Edificación (1996): la frontera de la obligatoriedad

Según la Norma Básica de la Edificación, establecida en el Real Decreto 2177/1996, la legislación indica que únicamente los edificios construidos o rehabilitados después de 1996 deben contar con un sistema de protección contra incendios, incluyendo extintores.

Por consiguiente, surge la interrogante sobre qué constituye una rehabilitación. Se puede definir como “aquellas modificaciones significativas realizadas en el edificio de viviendas”. Esto abarcaría cambios tales como la alteración de la superficie del inmueble, la renovación de una escalera o la instalación de un ascensor. Estas y otras obras que se perciban como cambios relevantes para la comunidad de propietarios serán consideradas rehabilitaciones.

 

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Normativa obligatoria contra incendios

En España, la normativas que regulan los sistemas de protección contra incendios son estos documentos:

Código Técnico de la Edificación (CTE)

El código establece requisitos clave para la prevención y protección contra incendios en la construcción de edificios. Incluye aspectos que deben seguirse en el proceso de construcción de los edificios, tales como la resistencia al fuego de los materiales, la compartimentación adecuada de espacios, los sistemas de detección y extinción de incendios, así como las rutas de evacuación.

Cumplir con el CTE es fundamental para garantizar la seguridad de los ocupantes y la construcción de edificios seguros. Sin embargo, los estándares van mejorando cada cierto tiempo y los procedimientos y materiales permitidos en una versión pueden ser prohibidos en posteriores versiones por demostrarse poco seguros.

Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI)

El RIPCI establece los requisitos y medidas para la correcta instalación y mantenimiento de sistemas y equipos de protección contra incendios. Estas regulaciones abarcan aspectos como los sistemas de detección, extinción, evacuación y señalización.

Cumplir con el RIPCI es esencial para garantizar la eficacia de las instalaciones de protección contra incendios, contribuyendo así a la prevención y control de incendios en diversos entornos, como edificios, industrias, comercios y espacios públicos. En los últimos años ha sufrido diversas mejoras (la última versión es de 2022) que lo hacen cada vez más exigente con las instalaciones para aumentar la seguridad.

Normas locales y autonómicas vigentes

Las normativas autonómicas y las ordenanzas municipales relacionadas con la prevención de incendios son establecidas por las diferentes Comunidades Autónomas y los municipios respectivamente. Estas regulaciones complementan la normativa nacional, a menudo siendo más estrictas en términos de requisitos y medidas para prevenir incendios.

En el caso de las Comunidades Autónomas, han desarrollado sus propias normativas que aplican dentro de su territorio, las cuales suelen ser más rigurosas que las establecidas a nivel nacional en términos de prevención y protección contra incendios.

Por otro lado, los municipios también tienen la autoridad para establecer ordenanzas relacionadas con la prevención de incendios. Un ejemplo de ello es la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid (OPI), que establece condiciones de seguridad contra incendios en edificaciones y actividades, con el objetivo de reducir las posibilidades de que ocurran incendios, minimizar la pérdida de vidas humanas y materiales, así como facilitar las operaciones de extinción. Esta ordenanza ha sido aplicable a todas las edificaciones desde su entrada en vigor en 1993 en el municipio de Madrid.

 

 

De esta manera, para los edificios que cuenten con sistemas de protección contra incendios se cumplirá:

  • Todas las comunidades de vecinos están obligadas desde 1996 a contar con los equipos e instalaciones de protección contra estos siniestros.
  • Las revisiones y mantenimientos de estas instalaciones deben estar realizadas por una empresa autorizada por el Ministerio de Industria.
  • Una de las cosas mas importantes es la necesidad de utilizar materiales y equipos correctamente homologados para asegurar y certificar el buen servicio.
  • A las inspecciones periódicas hay que sumarle otra que se realizará cada 10 años, y será el Organismo de Control Autorizado (OCA) quien se ocupe de ella.

 

Examen por Organismo de Control Autorizado

Una de las novedades principales del nuevo reglamento es la aplicación de un sistema de inspecciones periódicas de las instalaciones. Esta se añade con la obligación de inspeccionar las instalaciones cada 10 años por parte de una empresa especializada catalogada como Organismo de Control Autorizado.

Deberán realizar inspecciones por Organismo de Control Autorizado (OCA) todos los edificios con  independencia de su fecha de construcción, con las siguientes excepciones*:

1) Uso residencial vivienda.
2) Uso administrativo con superficie construida menor de 2000 m2.
3) Uso docente con superficie construida menor de 2000 m2.
4) Uso comercial con superficie construida menor de 500 m2.
5) Uso pública concurrencia con superficie construida menor de 500 m2.
6) Uso aparcamiento con superficie construida menor de 500 m2.

*Siempre que no confluyan en ninguno de estos, zonas o locales de riesgo especial alto.

Ciclos de vida útil de los elementos de protección contra el fuego

Los elementos de las instalaciones tienen fijados unas fechas de caducidad que figuran en el último Reglamento contra incendios (RIPCI) vigente y que serán objeto de control por la OCA.

  • Detectores y aspersores: 10 años.
  • Extintores: Retimbrado cada 5 años, retirada cada 20 años.
  • Mangueras hidráulicas: 20 años.
  • Mantas ignífugas: 20 años.
  • Alumbrado de emergencia o señalización: 10 años.

 

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Además, la realización del mantenimiento se debe reflejar en actas que se deben conservar al menos 5 años por si lo requiere la Dirección de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente, y que recogerá las actuaciones de mantenimiento en la instalación, tanto las realizadas por la empresa mantenedora como por el usuario o propietario, en los que recae mayor responsabilidad que con la anterior norma.

Lasser, especialistas en protección contra incendios

Nuestra división de Lasser de Protección Contra Incendio cuenta con expertos homologados de gran experiencia y formados de acuerdo a la actual normativa del sector.

Realizamos todo tipo de instalación y mantenimiento de sistemas de prevención y detección de incendios. Por ello, ponemos a tu disposición  un equipo técnico y humano altamente cualificado, gracias a los que podrás disfrutar de tranquilidad en tu hogar sabiéndote protegido en el caso de que sufras cualquier tipo de incidente relacionado con el fuego.

Puedes contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 321 111 o pulsando en el siguiente botón: